LA REFORMA QUE PONE EN RIESGO LA LEY DE GLACIARES
El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso un proyecto que propone cambios en los criterios de protección de zonas críticas para el abastecimiento de agua en la Cordillera. Organizaciones ambientalistas sostienen que la iniciativa habría sido impulsada por presión del sector minero, cuestionan la falta de participación de organismos científicos y advierten sobre su inconstitucionalidad. El Senado podría votar la semana que viene.
Por Matías Ortale
Febrero13, 2026
Agencia TSS – “Esta reforma busca recortar la protección (a los glaciares) y limitarla solo a los que sean considerados reservas estratégicas de agua”, le dijo a TSS Cristian Fernández, coordinador del área legal de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Fernández se refiere al proyecto oficial de reforma de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial N.º 26.639, enviado al Congreso el 15 de diciembre de 2025, que plantea cambios en una normativa que hoy protege de forma integral a los glaciares y al ambiente periglacial como reservas clave de agua. Según el Inventario Nacional de Glaciares, elaborado en 2018 por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA-CONICET), el país cuenta con cerca de 17.000 cuerpos de hielo que alimentan 36 cuencas hídricas.
Una de las principales disputas es el alcance del ambiente periglacial, que comprende zonas con permafrost y glaciares rocosos. A diferencia de las grandes masas de hielo blanco, estos sistemas suelen pasar desapercibidos, aunque resultan esenciales para el ciclo hídrico. Funcionan como esponjas naturales que almacenan agua durante el invierno y la liberan gradualmente en épocas de calor, sosteniendo ríos y humedales de altura. Sin esa liberación progresiva, muchos arroyos de montaña verían reducido su caudal en verano, afectando ecosistemas y comunidades. La advertencia cobra urgencia en un contexto de retroceso glaciar: según la actualización del Inventario Nacional (2024), en los Andes Desérticos el hielo descubierto se redujo un 17% y los manchones de nieve un 23% en aproximadamente diez años.
Desde el Gobierno, sostienen que el objetivo es “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental compatible con la Constitución Nacional”. El proyecto modifica el artículo 1° para que la protección de glaciares se interprete de manera compatible con el artículo 41, que establece la utilización racional de los recursos naturales en las provincias.
Pese a su importancia, gobernadores de provincias mineras y la Cámara Argentina de Empresas Mineras buscan eliminar la protección del ambiente periglacial. El Gobierno respalda la reforma, que apunta a destrabar inversiones en proyectos de cobre que hoy enfrentan restricciones. Desde el oficialismo, argumentan que el desarrollo económico de las provincias cordilleranas depende de la actividad extractiva y consideran que la legislación actual limita la llegada de capitales.
Organizaciones ambientalistas, por su parte, señalan que los glaciares cubren apenas el 0,2% del territorio continental, concentrados en el 1% de la Cordillera de los Andes. Fernández criticó: “Tienen el 99% del país para hacer minería. Claramente, lo que buscan es usar el agua como insumo para grandes proyectos mineros”.
En medio de estas tensiones, Pablo Villagra, Director del IANIGLA, afirmó ante el Senado que el organismo científico no fue consultado. En la misma línea, FARN presentó un pedido de acceso a la información pública sobre la participación de la Subsecretaría de Ambiente: “Al día de hoy no nos han respondido”, indicó Fernández, quien interpretó el silencio como un indicio de que la autoridad ambiental tampoco participó.

Según FARN, la reforma habría sido impulsada por la Cámara Argentina de Empresas Mineras y redactada por estudios jurídicos vinculados al lobby minero. El presidente Milei afirmó que la idea surgió del gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, y cuenta con el apoyo de los gobernadores que integran la Mesa del Cobre: Marcelo Orrego (San Juan), Raúl Jalil (Catamarca) y Carlos Sadir (Jujuy).
La preocupación aumenta al considerar el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), aprobado en 2024, que otorga estabilidad fiscal y regulatoria por treinta años. Varios proyectos mineros que se superponen con zonas glaciares o periglaciares podrían ingresar al RIGI si se flexibiliza la protección: “Si estos proyectos adhieren al régimen tras una reforma regresiva, quedarían bajo estabilidad regulatoria por tres décadas, lo que dificultaría revisar futuras medidas de resguardo”, explicó Fernández. Proyectos como Los Azules y El Pachón, ambos en la provincia de San Juan, podrían beneficiarse de este esquema, configurando un escenario difícil de revertir.
Uno de los ejes centrales del debate gira en torno a la caracterización del proyecto como una “ley interpretativa”. Desde sectores vinculados a la minería sostienen que la Ley de Glaciares actual contiene definiciones amplias sobre el ambiente periglacial que generan inseguridad jurídica y frenan inversiones millonarias, incluso en áreas sin valor hídrico comprobado. Bajo esa lógica, impulsan una norma que precise criterios técnicos más estrictos para delimitar las zonas protegidas.
Los especialistas en derecho ambiental explican que una norma interpretativa se utiliza para aclarar puntos oscuros o resolver contradicciones judiciales, pero rechazan esa lectura: “La Ley de Glaciares es clara y contundente. No hay ambigüedades que requieran una ley interpretativa”, afirmó Fernández. Como antecedente, recordó que la constitucionalidad de la ley fue ratificada en 2019 por la Corte Suprema, luego de que empresas mineras la cuestionaran: “Las empresas judicializaron y perdieron. La Corte dijo que la ley es constitucional y no existen fallos contradictorios”, señaló.
Además, el abogado advirtió que esta figura podría generar efectos retroactivos: “Lo que se busca no es aclarar la ley, sino modificar el núcleo duro de protección sin pagar el costo político de una reforma explícita”, sostuvo. Una ley interpretativa podría impactar sobre emprendimientos previamente cuestionados. Un caso testigo son los proyectos Malargüe I y II en Mendoza, aprobados recientemente a pesar de dictámenes del IANIGLA que indican que se ubican sobre zonas periglaciares.
Reforma inconstitucional y el debate sobre quién protege a los glaciares
En 2023, el primer borrador de Ley Bases incluía un capítulo para reformar la normativa de protección de glaciares: “Se tuvo que bajar ese capítulo por presión de la sociedad civil. En ese momento se movilizaron muchísimas organizaciones y hoy vemos que estamos haciendo frente a esto también”, explicó Fernández. Ahora, con el nuevo intento legislativo, vuelven a advertir sobre su posible inconstitucionalidad.
Hace unos días, SERPAJ Argentina (Servicio Paz y Justicia) junto con otras 80 organizaciones y la exdiputada Nacional Marta Maffei, autora de la Ley de Glaciares de 2010, presentaron un comunicado ante las Comisiones de Ambiente y Minería del Senado denunciando graves debilidades jurídicas. Según el documento, el proyecto desconoce el rol constitucional de la Nación para fijar presupuestos mínimos de protección ambiental. Además, critica que invierte el principio precautorio: en lugar de proteger los glaciares ante la falta de certeza científica, exigiría primero demostrar su función ambiental para otorgarles protección.
Esta inversión está plasmada en el nuevo artículo 3° bis: establece que cuando “la autoridad competente constate que un glaciar o geoforma periglacial incluido en el Inventario Nacional de Glaciares no cumple con alguna de las funciones” hídricas previstas, “se considerará que el glaciar o la geoforma periglacial en cuestión no están alcanzados por las previsiones de la presente ley”. En la práctica, los glaciares deberían demostrar continuamente su función hídrica para mantener protección legal, invirtiendo la lógica de la norma vigente.
Uno de los aspectos más controvertidos es la redefinición del rol de las provincias. Fernández explicó que la Constitución establece que el Congreso fija presupuestos mínimos de protección ambiental que las provincias pueden complementar, pero nunca reducir. Este esquema garantiza que un glaciar tenga el mismo nivel de cuidado legal sin importar en qué provincia se encuentre. Sin embargo, la modificación invierte esa lógica: “Este proyecto subvierte el orden constitucional. Se está delegando ese poder a las provincias para que definan sus propios presupuestos mínimos, lo cual es a todas luces inconstitucional”.

Esta transferencia tendría consecuencias directas sobre el Inventario Nacional de Glaciares. El proyecto modifica el artículo 8° para que cada provincia sea la “autoridad competente” que identifique qué glaciares y ambiente periglacial cumplen funciones hídricas, y luego comparta esa información con el IANIGLA para actualizar el inventario. Según Fernández, “las provincias tendrían la posibilidad de tachar con la lapicera roja los glaciares que forman parte del inventario de acuerdo a lo que ellos consideren que es un glaciar o deja de serlo”.
Posibles recursos judiciales y el principio de no regresión
Si la modificación se aprueba, las organizaciones ambientalistas anticipan que recurrirán a la Justicia y que la reforma sentaría un antecedente negativo para el derecho ambiental argentino: “Vamos a seleccionar la mejor herramienta procesal y llevar esto hasta las últimas instancias”, advirtió Fernández. El abogado no descartó llegar a la Corte Suprema e incluso a instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La comunidad glaciológica internacional mira con preocupación el desenlace de este debate.
Uno de los argumentos centrales sería el principio de no regresión, que establece que una vez alcanzado determinado nivel de protección ambiental, no pueden darse pasos hacia atrás. Este principio forma parte del Acuerdo de Escazú, un tratado regional con jerarquía superior a las leyes nacionales. Con las sesiones extraordinarias del Congreso en curso, la decisión sobre el futuro de estos recursos hídricos podría definirse en los próximos días: “Cuando hablamos de glaciares es la protección del agua, y el agua es vida. Es fundamental protegerla para nosotros y las generaciones futuras”, concluyó Fernández.
Fuente Agencia TSS

